Qué es una herencia y qué hacer al recibirla
Por Justin González Reina · Actualizado el 19 de octubre de 2026
Una herencia es todo lo que deja una persona al fallecer: sus bienes (casa, dinero, inversiones), sus derechos y también sus deudas. Quien la recibe es el heredero.
Las tres opciones del heredero
- Aceptar pura y simplemente: recibes todo, lo bueno y lo malo. Si hay más deudas que bienes, respondes con tu propio dinero.
- Aceptar a beneficio de inventario: recibes la herencia, pero las deudas solo se pagan con los bienes de la herencia, nunca con los tuyos. Es la opción prudente si no sabes qué deudas había.
- Renunciar: no recibes nada, ni bienes ni deudas.
Testamento y legítima
Si hay testamento, se reparte según lo que diga, pero respetando la legítima: una parte que por ley corresponde a hijos (o, si no hay, padres) y al cónyuge. Si no hay testamento, la ley decide quién hereda.
Impuestos
- Impuesto de Sucesiones: lo paga el heredero. Cada comunidad autónoma tiene sus propias reducciones, así que lo que pagas cambia muchísimo según dónde vivía el fallecido. El plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable).
- Plusvalía municipal: si heredas un inmueble urbano.
Es muy habitual que el viudo o la viuda reciba el usufructo y los hijos la nuda propiedad.
Fuentes oficiales
Información contrastada con estas fuentes oficiales (revisión: octubre de 2026). Así hacemos el contenido.
Preguntas frecuentes
¿Puedo heredar deudas?
Sí, si aceptas la herencia pura y simplemente. Para evitarlo, acepta a beneficio de inventario o renuncia.
¿Cuánto tiempo tengo para pagar el impuesto de sucesiones?
El plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento, y se puede pedir una prórroga de otros 6 dentro de los primeros 5 meses.